martes, 17 de diciembre de 2013

El Belén del cole.


Que bonito está nuestro cole este año por Navidad. El Belén es precioso..




lunes, 16 de diciembre de 2013

Sorteo de Navidad - Socios del Ampa

El próximo día 20 durante la fiesta de Navidad del cole se sorteará esta preciosa cesta de Navidad entre todos los socios del Ampa.





Navidad en el cole.


Clinic de Navidad: Club Baloncesto Telde


jueves, 28 de noviembre de 2013

Hacemos público el estado de nuestro colegio.




Buenas tardes.
Cansados de que el Ayuntamiento de Telde no haga caso a nuestras repetidas peticiones para que arreglen las cornisas del colegio, esta semana el Ampa Las Rubiesas decidió tras reunirse pedirle a los diferentes medidos de comunicación de nuestra isla que nos ayudar a hacer público nuestro problemas.
El escrito enviado fue el siguiente:
 

 Buenas tardes,

En nombre del AMPA Las Rubiesas del colegio Príncipe de Asturias de Melenara en Telde, nos ponemos en contacto con ustedes para contarles el estado en el que se encuentra nuestro colegio actualmente y el caso omiso que nos hace la concejalía de Telde.

Durante el curso escolar pasado, tanto la dirección del colegio como el AMPA, presentaron diversas quejas, escritos e informes, del lamentable estado en el que se encuentran las cornisas de nuestro colegio (sin tener en cuenta demás desperfectos más leves). Tras varias reuniones con la concejala encargada del tema, se nos prometió que durante el verano se resolverían los desperfectos más graves que tenía el colegio y los cuales podrían ocasionar una desgracia grave.
Nuestra sorpresa fue al empezar el nuevo curso escolar que no se había realizado nada.

La semana pasada comenzaron de nuevo las lluvias y los vientos cayendo uno de los teniques sueltos al lado de un padre que entraba su niño al colegio.

No sabemos si la concejala está esperando a que ocurra una desgracia para tomar medidas en este caso, que calificamos de MUY GRAVE.

Por eso nos ponemos en contacto con ustedes, puesto que queremos hacer el caso público como medida de presión, porque ya lo último que nos quedaría es negarnos a que nuestros niños acudan al cole en estas circunstancias de peligro.

Este peligro es constante y diario, puesto que muchas de las cornisas están sueltas y caen al suelo sin control. Han puesto unas vallas que bajo nuestra humilde opinión, lo que crean es más peligro.

La desidia de las autoridades y el abandono de nuestro colegio está poniendo en peligro la seguridad de nuestros hijos.

Por ello agradeceríamos que estudiaran nuestro caso y se pusieran en contacto con nosotros para ayudarnos a hacerlo público.

Adjuntamos fotos.


Gracias de antemano,

La Junta directiva del Ampa Las Rubiesas
Presidenta: Laura Gómez
 
A parte de publicar la noticia en los medios, hemos decidido recoger firmas para volver a presentar un escrito de reclamación en el Ayuntamiento.
Hemos colgado en el tablón de anuncios del Ampa (al lado de secretaría) varias hojas donde pueden firmar.
También los miembros del ampa estaremos recogiendo firmas por la mañana a la entrada del cole.






 

domingo, 13 de octubre de 2013

Actividades Extraescolares 2013-2014.

A continuación detallamos las distintas actividades extraescolares que se impartirán en el presente curso escolar (siempre sujeto a demanda de las mismas).
En cada una de ellas encotrarán la información necesaria, así como datos de contacto para apuntar a los niñ@s.




ART CEN








DAGASA







JUDO





GIMNASIA RÍTMICA









lunes, 30 de septiembre de 2013

Impreso SOCIO Ampa Las Rubiesas


jueves, 5 de septiembre de 2013

Comienza el curso 2013 - 2014!!!!


Ya se acabó el VERANO, volvemos al cole y a la rutina.

Desde el Ampa las Rubiesas y la dirección del cole Príncipe de Asturias les deseamos un feliz curso 2013-2014.

Presentaciones:

  • INFANTIL Y PRIMER CICLO : Martes 10 de Septiembre - 9:00.
  • SEGUNDO CICLO: Martes 10 de Septiembre - 11:00.

¡¡¡¡FELIZ VUELTA AL COLE!!!!

miércoles, 28 de agosto de 2013

Periodo de adaptación Colegio Príncipe de Asturias.


Nueva Actividad Extraescolar



Para el próximo curso escolar, queremos ofrecer una nueva actividad extraescolar más orientada a las enseñanzas artísticas tales como música, dibujo, pintura, etc.

Si hay sufiente demanda para la actividad la pondremos en marcha el próximo Octubre.
Durante el mes de Septiembre concretaremos más la información así como precios y horarios.
En el siguiente enlace podrán descargarse un poco más de información.

viernes, 16 de agosto de 2013

Calendario Escolar 2013-2014



lunes, 1 de julio de 2013

Feliz Verano



El Ampa las Rubiesas les desea un Feliz verano y les agradece la colaboración prestada durante todo el curso 2012-2013.
Les invitamos a seguir participando y para ellos queremos animarlos viendo las fotos de las últimas jornadas deportivas.

martes, 18 de junio de 2013

Acogida Temprana y Permanencia curso 2013-2014



Circular de Uniforma



viernes, 14 de junio de 2013

Asamblea General - 22 de Junio de 2013

martes, 7 de mayo de 2013

Comienza el ZUMBA FITNESS


miércoles, 17 de abril de 2013

Zumba Fitness para los papis.





Estimadas familias,

Desde el Ampa Las Rubiesas queremos proponer una actividad, en este caso dirigida a los papis y mamis de los alumnos del centro.
Nos gustaría contar con un grupito que quisieran participar en una actividad semanal de Zumba.
Se pondrá un listado en el tablón de anuncios del Ampa (al lado de la secretaría) hasta el 26 de Abril, con el fin de valorar cuantos padres estarían interesados en participar y ver si se puede crear un grupito adecuado para realizar la actividad. Una vez  realizado el listado, convocaré a los interesados para ponernos de acuerdo y darles más información al respecto.
La idea es que nos podamos traer a nuestros niños durante la clase, ellos serán bienvenidos.



ANÍMATE A PARTICIPAR!!!

¿Qué es el Zumba?

Zumba es un movimiento o disciplina fitness de origen colombiano, enfocado por una parte a mantener un cuerpo saludable y por otra a desarrollar, fortalecer y dar flexibilidad al cuerpo mediante movimientos de baile combinados con una serie de rutinas aeróbicas. La zumba utiliza dentro de sus rutinas los principales ritmos latinoamericanos, como lo son la salsa, elmerengue, la cumbia, el reggaetón y la samba. En cada sesión de Zumba, se pueden llegar a quemar 800 calorías.

Boc, Admisión Alumnos curso 2013 - 2014

Descarga del documento: https://docs.google.com/file/d/0Bwh6Pee2FPrlYXRpNGRubmxiSTA/edit?usp=sharing


Boletín Oficial de Canarias núm. 68

Miércoles 10 de abril de 2013

III. Otras Resoluciones
Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad
1688 Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa.- Resolución de 5 de abril
de 2013, por la que se establece el calendario, el modelo de solicitud y las instrucciones
complementarias del procedimiento de admisión del alumnado en centros
públicos y privados concertados de Educación Infantil y Primaria para el curso
escolar 2013/2014.
Siendo preceptiva la publicación del calendario, el modelo de solicitud y las instrucciones
complementarias del procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos y
privados concertados de educación infantil y primaria para el curso escolar 2013/2014, y
teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTE DE HECHO
Único.- La Administración educativa debe publicar, con carácter anual, el calendario del
procedimiento de admisión de aquel alumnado que se incorpora por primera vez a cualquiera
de los niveles, etapas o ciclos de las enseñanzas no universitarias o que, estando ya en el
sistema, desea cambiar de centro. Por ello, es preciso publicar la resolución que especifique
el procedimiento de admisión del alumnado en los centros públicos y privados concertados
de educación infantil y primaria.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El Decreto 61/2007, de 26 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado
de enseñanzas no universitarias en los centros docentes públicos y privados concertados
de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 67, de 3 de abril), es el reglamento
marco que establece en nuestro ámbito autonómico de gestión las pautas normativas de
aplicación a los procedimientos de admisión del alumnado en las distintas etapas o niveles
educativos.
Segundo.- La Orden de 27 de marzo de 2007, por la que se desarrolla el procedimiento de
admisión del alumnado en las enseñanzas no universitarias en los centros docentes públicos
y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 70, de 9 de abril),
en su redacción actual, complementa lo regulado en el citado Decreto en lo que corresponde
a los procedimientos de admisión en las mencionadas enseñanzas.
La referida Orden determina, en el artículo 5.1, que la Dirección General de Centros e
Infraestructura Educativa publicará anualmente el calendario y las instrucciones complementarias
del procedimiento de admisión del alumnado. En este sentido, el artículo 7.4
establece que el plazo de la convocatoria anual se iniciará, con carácter general, en el mes
de marzo o abril.
Por otra parte, la Orden de 19 de marzo de 2009, por la que se modifica la Orden de 27 de
marzo de 2007, que desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en las enseñanzas
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no universitarias en los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad
Autónoma de Canarias (BOC nº 62, de 31 de marzo), establece que las Entidades Locales
podrán introducir nuevos criterios para la admisión en el primer ciclo de educación infantil
en las escuelas de su titularidad.
Tercero.- Como novedad para la presente convocatoria del procedimiento de admisión,
se ajusta el criterio de admisión referido al nivel de renta establecido en el artículo 9, apartado
2, letra C), de la citada Orden de 27 de marzo de 2007, de forma que se incorpora un
factor corrector que permite otorgar una puntuación correspondiente al nivel de renta más
ajustado a la realidad, teniendo como referencia los principios y medidas de compensación
de las desigualdades previstos en los artículos 80 y siguientes de la Ley Orgánica 2/2006, de
3 de mayo, de Educación.
En este sentido, según lo establecido en el apartado 2 del artículo único de la Orden de
27 de marzo de 2013, por la que se modifica la Orden de 27 de marzo de 2007, que desarrolla
el procedimiento de admisión del alumnado en las enseñanzas no universitarias en los
centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Autónoma de Canarias,
las familias cuyo nivel de renta haya descendido de manera significativa en los dos últimos
años, podrán sumar un punto más a la puntuación que le correspondería, dentro del baremo
establecido en el artículo 9, apartado 1.3, del Decreto 61/2007, de 26 de marzo, siempre que
acrediten este descenso de rentas justificando que perciben la ayuda económica básica u otro
tipo de subsidio, en los términos que concrete la convocatoria anual del procedimiento. No
se aplicará este incremento de puntuación a las familias que obtienen el máximo de 3 puntos
en la renta total de la unidad familiar del ejercicio anterior en dos años al año natural en el
que se solicita plaza, por tener ya en aquel momento unos ingresos mínimos.
En su virtud, y de acuerdo con la atribución prevista en la disposición final primera de la
Orden de 27 de marzo de 2007, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo
11.c) del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de
la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (BOC nº 148, de 1 de agosto), en su redacción
actual, vigente en tanto no se derogue expresamente, de conformidad con la previsión
contenida en la disposición transitoria primera del Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el
que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del
Gobierno de Canarias (BOC nº 138, de 14 de julio),
R E S U E L V O:
Primero.- Establecer el calendario, el modelo de solicitud y las instrucciones complementarias
del procedimiento de admisión del alumnado en centros públicos y privados concertados
de educación infantil y primaria para el curso escolar 2013/2014.
Segundo.- En los procedimientos de admisión del alumnado en centros públicos o privados
concertados que impartan educación primaria, cuando no existan plazas suficientes,
tendrá prioridad aquel alumnado que proceda de los centros de educación infantil o centros
incompletos que tengan adscritos, siempre que dichas enseñanzas estén sostenidas con fondos
públicos.
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Tercero.- Se presentará una única instancia, junto con la documentación requerida, en
el centro en el que desee ser admitido. No obstante, cuando se quiera solicitar plaza en un
centro situado en otra isla, se podrá presentar la solicitud en la Dirección Territorial de Educación
o Dirección Insular de Educación, según corresponda, de la isla de residencia.
Cuarto.- Se obtendrá plaza si la oferta de puestos escolares en el centro pretendido es
superior o igual al de solicitudes presentadas, no siendo necesario en este caso proceder a su
baremación. Cuando el número de solicitudes supere al de vacantes ofertadas por el centro
solicitado, se procederá a la baremación de dichas solicitudes. Si el alumnado no obtuviera
plaza en este centro, la puntuación alcanzada en la baremación, detrayendo la obtenida en el
apartado del Consejo Escolar, servirá de criterio de ordenación para que se adjudiquen, en
concurrencia con todas las solicitudes no admitidas de este y de otros centros, las vacantes
existentes en el segundo o tercer centro solicitado u otro, en su caso, sin perjuicio de lo establecido
en el apartado segundo.
Quinto.- 1. La valoración de los criterios de admisión se realizará conforme al baremo
establecido en los artículos 9 y 11 del citado Decreto 61/2007, de 26 de marzo.
A estos efectos, sólo podrán valorarse aquellos requisitos vinculados a dichos criterios
de admisión cumplidos antes de la fecha de finalización del periodo de presentación de
solicitudes.
Asimismo, para la admisión en Escuelas Infantiles de primer ciclo de educación infantil,
de titularidad municipal, se tendrán también en cuenta los criterios específicos aprobados
por el Ayuntamiento, de acuerdo con lo establecido en el apartado tercero de la citada Orden
de 19 de marzo de 2009.
2. Para asignar la puntuación correspondiente al criterio de baremación de la renta de
la unidad familiar, se aplicará el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM)
correspondiente al año 2011, que en cómputo anual es de 6.390,13 euros, por ser la
cuantía establecida por la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2011 (BOE nº 311, de 23 de diciembre) en su redacción actual,
en los casos en los que, como en el presente procedimiento de admisión, la normativa
reguladora del proceso (Decreto 61/2007, de 26 de marzo) no haga referencia al salario
mínimo interprofesional.
Asimismo, las familias cuyo nivel de renta haya descendido de manera significativa en
los dos últimos años, podrán sumar un punto más a la puntuación que le correspondería
dentro del baremo establecido en el artículo 9, apartado 1.3, del citado Decreto 61/2007,
siempre que acrediten este descenso de rentas justificando ser beneficiarios de alguna de las
siguientes prestaciones, subsidios o similares:
- Ayuda económica básica (Prestación Canaria de Inserción).
- Subsidio por desempleo.
- Renta Activa de Inserción.
- Pensión no contributiva.
- Programa de Recualificación Profesional de las personas que agoten su protección por
desempleo.
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No se aplicará este incremento de puntuación a las familias que obtienen el máximo de 3
puntos en la renta total de la unidad familiar del ejercicio anterior en dos años al año natural
en el que se solicita plaza, por tener ya en aquel momento unos ingresos mínimos.
3. La letra que se aplicará para los supuestos de desempate será la “W”, de acuerdo con
el resultado del sorteo efectuado en la sede de la Dirección General de Centros e Infraestructura
Educativa. La consideración de los apellidos y del nombre del alumnado se hará de
acuerdo a la transcripción literal de los citados datos en el DNI del alumnado, si lo tuviera,
o en el Libro de Familia en el que esté inscrito. En el caso de alumnado extranjero, se hará
según conste en el pasaporte.
Sexto.- 1. La admisión en educación infantil se llevará a cabo según la siguiente tabla:
2. Se podrá solicitar plaza en el primer ciclo de educación infantil para aquellos niños y niñas
que, no habiendo nacido en el momento de la convocatoria del proceso de admisión, su nacimiento
esté previsto con anterioridad al 1 de julio del año 2013. En todo caso, no podrán incorporarse
al centro con menos de dieciséis semanas, salvo con autorización expresa de la Dirección
General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa, a propuesta de la Inspección
Educativa. Los bebés que cumplan 16 semanas entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de
2013, deberán solicitar plaza directamente en la escuela infantil a lo largo de ese periodo.
3. Las escuelas infantiles de titularidad municipal podrán adaptar y retrasar el calendario
de admisión del alumnado del primer ciclo de educación infantil, previa autorización de la
Dirección Territorial de Educación correspondiente, respetando en todo caso, las fases y
plazos mínimos establecidos en la normativa de admisión. Asimismo, para solicitar plaza en
este ciclo, estas escuelas adecuarán el modelo de solicitud previsto en la presente resolución.
Séptimo.- Para solicitar plaza en el primer curso de educación primaria se requiere que
el alumnado cumpla los seis años en el año 2013. El alumnado que vaya a cursar primero o
segundo de la ESO en un centro público de educación primaria en donde se imparta transitoriamente
esta etapa no necesitará trámite de admisión y matrícula si es alumnado del propio
centro. Únicamente comunicará, en su caso, la segunda lengua extranjera elegida y si desea
recibir o no enseñanzas de religión.
7
CICLO CURSO EDAD REQUERIDA
Primer
ciclo de
educación
infantil *
1º Bebés nacidos en el año 2013, que tengan como mínimo 16 semanas
antes del 1 de septiembre de 2013.
2º Alumnado que cumpla 1 año en el 2013 (nacido en el año 2012).
3º Alumnado que cumpla 2 años en el 2013 (nacido en el año 2011).
Segundo
ciclo de
educación
infantil
4º Alumnado que cumpla 3 años en el 2013 (nacido en el año 2010).
5º Alumnado que cumpla 4 años en el 2013 (nacido en el año 2009).
6º Alumnado que cumpla 5 años en el 2013 (nacido en el año 2008).
* Escuelas Infantiles de titularidad municipal.
2. Se podrá solicitar plaza en el primer ciclo de educación infantil para aquellos niños y niñas que, no
habiendo nacido en el momento de la convocatoria del proceso de admisión, su nacimiento esté previsto
con anterioridad al 1 de julio del año 2013. En todo caso, no podrán incorporarse al centro con menos de
dieciséis semanas, salvo con autorización expresa de la Dirección General de Ordenación, Innovación y
Promoción Educativa, a propuesta de la Inspección Educativa. Los bebés que cumplan 16 semanas entre
el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2013, deberán solicitar plaza directamente en la escuela infantil
a lo largo de ese periodo.
3. Las escuelas infantiles de titularidad municipal podrán adaptar y retrasar el calendario de admisión del
alumnado del primer ciclo de educación infantil, previa autorización de la Dirección Territorial de Educación
correspondiente, respetando en todo caso, las fases y plazos mínimos establecidos en la normativa de
admisión. Asimismo, para solicitar plaza en este ciclo, estas escuelas adecuarán el modelo de solicitud
previsto en la presente resolución.
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7449 Miércoles 10 de abril de 2013
Octavo.- 1. Los centros cumplimentarán, a través de la página de internet de la Consejería
de Educación, Universidades y Sostenibilidad (http://www.gobiernodecanarias.org/
educacion/gescentros) y en las fechas previstas en el calendario que contiene el anexo I de
esta Resolución, los datos referentes al alumnado del presente curso escolar, previsiones
de alumnado que promociona o repite, así como si sale del sistema (se traslada a un centro
privado no concertado o a un centro de fuera de esta Comunidad Autónoma), la descripción
del criterio complementario establecido por el Consejo Escolar y la documentación justificativa,
así como las distintas áreas de proximidad al centro, para que sean validados por la
Inspección Educativa.
2. Antes de la fecha de inicio del procedimiento de admisión se expondrá de forma destacada
en el centro la información referida a sus características específicas: plazas escolares
disponibles, niveles educativos que imparte, zonas de influencia, tipo de jornada escolar,
horario de funcionamiento, servicios escolares, oferta idiomática, criterio de admisión complementario
establecido por el Consejo Escolar, información sobre las líneas generales del
proyecto educativo del centro o, si es el caso, su carácter propio. A estos efectos, se podrán
consultar determinadas características específicas de los centros públicos en la Web, http://
www.gobiernodecanarias.org/educacion, en el acceso “alumnado”, “estudios no universitarios”,
“admisión de alumnos”.
Noveno.- 1. Los centros de educación infantil y primaria informarán al alumnado que
desee solicitar plaza en un centro de educación primaria y educación secundaria, respectivamente,
distinto al que le corresponde por adscripción, que debe presentar una sola solicitud
en el centro de su preferencia, al que podrá acudir para conocer la oferta educativa, los requisitos
exigidos y, en su caso, recoger el impreso de solicitud que, una vez cumplimentado y
consignado el CIAL, se entregará en el centro solicitado en primer lugar. La correspondiente
información del procedimiento de admisión estará disponible a través de la página Web de
la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad.
2. Igualmente, el alumnado de segundo ciclo de educación infantil o educación primaria
que opte por cambiar de centro para continuar la etapa deberá presentar la solicitud, con el
CIAL consignado, en el centro elegido en primer lugar.
Décimo.- 1. Las solicitudes de admisión del alumnado de educación infantil (segundo
ciclo) y primaria se adecuarán al modelo oficial que figura como anexo II de esta Resolución,
que contiene el impreso de solicitud, las instrucciones complementarias para su cumplimentación
y la documentación que se debe adjuntar. Los impresos de solicitud podrán ser
generados vía Web, en la página http://www.gobiernodecanarias.org/educacion, en el acceso
“alumnado”, “estudios no universitarios”, “admisión de alumnos”.
2. La solicitud de admisión del alumnado de primer y segundo curso de la educación
secundaria obligatoria en centros de primaria, así como el calendario previsto, será el establecido
para la educación secundaria obligatoria en la correspondiente Resolución por
la que se fija el calendario, el modelo de solicitud y las instrucciones complementarias del
procedimiento de admisión del alumnado en educación secundaria obligatoria, bachillerato,
programas de cualificación profesional inicial, ciclos formativos de grado medio y de grado
superior de formación profesional, de artes plásticas y diseño, y de enseñanzas deportivas,
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7450 Miércoles 10 de abril de 2013
enseñanzas elementales y profesionales de música, educación de personas adultas, enseñanzas
de idiomas, en centros públicos y privados concertados para el curso escolar 2013/2014.
3. Los centros grabarán los datos referidos a cada una de las solicitudes en la citada aplicación
de gescentros en las fechas previstas en el anexo I de esta Resolución.
Undécimo.- 1. Los centros publicarán en los tablones de anuncios las listas provisionales
de admitidos y no admitidos, con especificación de la puntuación global obtenida, generadas
por la aplicación informática de admisión, en las fechas indicadas en el anexo I de la presente
Resolución, sin perjuicio de su publicación, a título informativo, en la Web institucional
de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad.
2. Los interesados no conformes con el resultado de la adjudicación podrán reclamar ante
el Consejo Escolar del centro en el plazo establecido en el anexo I.
El mismo plazo de reclamaciones servirá para que el alumnado que haya solicitado plaza
en un centro diferente al adscrito pueda renunciar a la petición de los centros solicitados antes
de la publicación de las listas definitivas. Una vez publicadas dichas listas, el alumnado
admitido en estas circunstancias perderá su plaza en el centro de adscripción.
3. Resueltas las reclamaciones por el Consejo Escolar, los centros modificarán los datos
necesarios en la aplicación informática de admisión. Asimismo, subsanarán de oficio los
errores que se hayan podido detectar en la grabación de las solicitudes.
4. Dentro del plazo establecido, los centros publicarán en los tablones de anuncios las
listas definitivas del alumnado admitido y no admitido (reserva, fuera de plazo y excluido)
generadas por la aplicación informática.
5. Las comisiones de escolarización se reunirán a partir de la fecha indicada para su constitución
en el anexo I, con objeto de adjudicar plaza al alumnado que no la haya obtenido en
los centros solicitados, una vez publicadas las listas definitivas de admitidos.
6. Contra las decisiones definitivas de admisión adoptadas, los interesados podrán presentar
recurso de alzada, en el plazo de un mes ante el Director Territorial de Educación que
corresponda, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa.
Duodécimo.- 1. El alumnado procedente de los colegios de educación infantil y educación
primaria que se trasladen al centro de adscripción de educación primaria o educación
secundaria, respectivamente, no tendrán que realizar ningún trámite para la admisión
en el centro al que están adscritos, ya que la gestión se realizará de forma conjunta
por los dos centros. Tampoco realizará trámite alguno el alumnado que continúe en su
propio centro.
2. Con objeto de que los centros receptores conozcan el número de vacantes, los centros
adscritos cumplimentarán en la aplicación informática, hasta el 12 de abril, el número
de alumnos y alumnas que previsiblemente promocionarán y se incorporarán al centro de
adscripción.
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7451 Miércoles 10 de abril de 2013
3. Una vez publicadas las listas definitivas, la Inspección Educativa convocará a las Direcciones
de los centros de educación secundaria y a las Direcciones de los correspondientes
centros adscritos de educación primaria para que, constituidos en comisión, se proceda a
la entrega de la relación de alumnado que va a iniciar o continuar la educación secundaria
obligatoria conforme se explicita en el anexo III de esta Resolución, la especificación del
alumnado con necesidades educativas especiales (Adaptación curricular significativa), la
indicación de la segunda lengua extranjera o programa de refuerzo en su caso, la elección o
no de las enseñanzas de religión, así como las materias opcionales que desean cursar en el
caso de alumnado que se incorpore a tercero de la ESO, de acuerdo con la oferta del centro
de educación secundaria. Asimismo, se acompañará el informe personal del alumnado.
Decimotercero.- 1. El alumnado admitido deberá formalizar la matrícula en las fechas
indicadas en el anexo I de la presente Resolución.
2. Los documentos necesarios para la matrícula del alumnado que solicita plaza por primera
vez en el centro son, con carácter general, los incluidos en el artículo 13 de la citada
Orden de 27 de marzo de 2007.
3. Cuando se trate de alumnado procedente de otro centro, el Historial Académico de
Educación Infantil o el Historial Académico de Educación Primaria y, en su caso, el Libro
de Escolaridad de la Enseñanza Básica, junto con el informe personal por traslado, serán
remitidos por el centro de procedencia a requerimiento del centro donde el alumnado se
haya matriculado.
4. De no formalizarse la matrícula en los plazos previstos en el centro adjudicado, se
entenderá que renuncia a la plaza obtenida en la adjudicación, perdiendo además su derecho
a la reserva de plaza escolar en el centro de procedencia o en el de adscripción.
5. La Orden de 28 de julio de 2006 por la que se aprueban las instrucciones de organización
y funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación
Primaria dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de
Canarias (BOC nº 161, de 18 de agosto), determina en su artículo 10 las condiciones y procedimientos
de cambios de centro del alumnado una vez iniciado el curso escolar. Para estos
casos los centros podrán utilizar el modelo puesto a disposición en Pincel.
Decimocuarto.- En los centros con comedor escolar, el alumnado que desee solicitar
plaza en este servicio deberá cumplimentar el impreso que el centro le facilite y aportar la
documentación requerida.
Decimoquinto.- Dentro del plazo indicado en el anexo I, los centros grabarán en la aplicación
de gescentros las modificaciones pertinentes en la opción de promoción y repetición
derivadas de los resultados de la evaluación final. Asimismo, marcarán en la citada aplicación
el alumnado matriculado y generarán el estadillo de previsión y matrícula, que deberán
imprimir, firmar y custodiar en la secretaría del centro.
Decimosexto.- Con el fin de facilitar la asistencia sanitaria del alumnado en el ámbito
escolar, el centro elaborará un fichero actualizado que estará a disposición del profesorado
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7452 Miércoles 10 de abril de 2013
en la secretaría o jefatura de estudios del centro, con la fotocopia de la cartilla de la Seguridad
Social, tarjeta sanitaria o, en su caso, del documento de otra entidad aseguradora del
alumnado.
Decimoséptimo.- Con arreglo a lo establecido en el artículo 12.2 del citado Decreto
61/2007, de 26 de marzo, toda referencia que aparece en la presente Resolución al Consejo
Escolar del centro se entenderá hecha al titular en el caso de los centros privados concertados.
Decimoctavo.- Para todo lo no previsto en esta Resolución, se estará a lo dispuesto en la
mencionada Orden de 27 de marzo de 2007, en su redacción actual. En particular, según el
artículo 8 de la citada Orden, la presentación de más de una solicitud, así como la falsedad
de los datos aportados o documentos entregados, motivará la inadmisión de la petición de
centro y la adjudicación de plaza por la Comisión de Escolarización. Asimismo, los datos
insuficientemente justificados no serán baremados.
Contra el presente acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de
Canarias, recurso de alzada ante la Viceconsejera de Educación y Universidades, sin perjuicio
de cualquier otro que se estime procedente interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de abril de 2013.- El Director General de Centros e Infraestructura
Educativa, Demetrio Suárez Díaz.


martes, 9 de abril de 2013

XI Jornadas deportivas.

NO TE LAS PUEDES PERDER!!!

Pasaremos una mañana estupenda compartiendo un ratito con nuestros peques y sus amigos.


Menú del Tercer Trimestre